Conoce tus derechos ante una auditoría del IRS
Nadie escapa a la posibilidad de ser auditado por el IRS (Servicio de Impuestos Internos) ¿Te sientes preparado en caso de que revisen tu declaración?
Si te auditan, debes conocer tus derechos como contribuyente, resumidos en esta lista realizada por AOL.
1. DERECHO DE NO REUNIRTE CON EL IRS-. Con esto no te estamos diciendo que hagas caso omiso al requerimiento del IRS o que faltes a las reuniones con ellos. Por el contrario, debes tener en cuenta que es sumamente importante que enfrentes a esta institución tributaria.
Lo que debes considerar es que si te invade el miedo con la idea de presentarte cara a cara con un agente del IRS, tienes todo el derecho de evitarlo llevando a cabo la auditoría a través de correspondencia.
Algunas ventajas de no presentarte en las oficinas del IRS serán evitar las molestias de una reunión en persona, el gasto de tiempo, y evitar decir algo que pueda ser malinterpretado por el agente.
Lo único que tienes que hacer es pedir una auditoría por "correspondencia".
2. DERECHO DE ELIMINAR PENALIDADES-. Cada enredo de los contribuyentes con el IRS es sancionado sin excepción, ya que sus más de 150 penalidades contenidas en la Ley de Impuestos es usada de manera muy pertinente por esta institución.
Pero existe la posibilidad de que cada uno de esos castigos sea cancelado, un aspecto que el IRS "olvida" mencionarte.
Cada una de esas sanciones podrá ser cancelada si demuestras que actuaste de buena voluntad y sin intención de dañar al IRS... Una excelente noticia, ¿no?
3. DERECHO DE APELAR CUALQUIER DECISIÓN TOMADA POR EL IRS-. Cualquier aspecto que tengas que enfrentar con el IRS, una auditoría, embargo o algún tipo de juicio, puedes apelarlo.
En caso de que no estés de acuerdo con el resultado de la auditoría, tienes todo el derecho de impugnar la decisión del auditor a través de las oficinas de apelaciones del IRS.
Tendrás 30 días para ejercer tu derecho de apelación (aunque podría pasar más de un año para que tu reclamación sea respondida). Y lo mejor de todo es que de acuerdo con datos del propio IRS, el 64% de las auditorías apeladas casi siempre son ganadas por los contribuyentes.
4. DERECHO A UN ACUERDO DE PAGO A PLAZOS-. En una gran cantidad de los casos los problemas con el IRS son por no poder pagarles la cantidad total que se les adeuda. Sin embargo, ellos jamás dan a conocer a los contribuyentes que existe una posibilidad de negociar plazos para realizar el pago.
Para poder aplicar este derecho tendrás que obtener una copia del formulario del IRS 433-A. Aquí se enlistarán tus ingresos, gastos, activos y pasivos, y se precisará cuánto eres capaz de pagar en este momento. De igual manera tendrás que presentar la Forma 9465. El IRS te cobrará una tarifa de $52 por el pago a través de tarjetas de crédito (donde los pagos se deducen automáticamente de tu cuenta bancaria), y $105 si no usas el depósito directo.
5. DERECHO A CUESTIONAR LAS NOTIFICACIONES DEL IRS-. Son miles de reclamaciones las que el IRS manda cada año, la mayoría de ellas solicitando más dinero. Sin embargo el Government Accounting Office dio a conocer que el 48% de esas notificaciones son "incorrectas o incompletas". ¿Entonces por qué el IRS los sigue enviando?
La investigación da una respuesta clara: al recibir estos anuncios los contribuyentes prefieren no luchar contra el IRS y mejor pagan el dinero que se les está requiriendo.
Así que si tú no estás de acuerdo con el envío de estos anuncios puedes pedir que la institución ya no te los mande.
6. DERECHO A UTILIZAR EL SERVICIO DEL DEFENSOR AL CONTRIBUYENTE-. La burocracia que tiene el IRS es enorme, provocando que sea increíblemente frustrante acudir a la institución para corregir los errores más obvios. Por eso si tú no encuentras a alguien dispuesto a ayudarte, puedes solicitar de inmediato el auxilio del Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) -conocido anteriormente como la Oficina de Resolución de Problemas-.
El TAS ha sido creado para ayudar a los ciudadanos cuyos problemas parecen caer por las grietas abiertas en el piso del departamento "We Care" del IRS. El servicio es gratuito y confidencial. Puedes encontrar un defensor local en la guía telefónica (si todavía no tienes uno) o en el sitio web del IRS. Además podrás contactar un abogado si llamas al: 877-777-4778.
7. DERECHO A GRABAR TUS REUNIONES CON EL REPRESENTANTE DEL IRS-. Si estás siendo auditado por el IRS o estás sujeto a un procedimiento de recaudación de impuestos, podrás grabar la reunión. Sin embargo, es necesario que lo notifiques al IRS 10 días antes de que tengas tu reunión.
Aplicar este derecho te ayudará a que el IRS no cambie las reglas a mitad de la auditoría. De igual manera te será útil para controlar la reunión y evitar discusiones sobre puntos irrelevantes e innecesarios en cuanto al tema que nos ocupa: la potencial deuda tributaria.
8. DERECHO A REPRESENTARTE A TI MISMO ANTE EL IRS-. Seguramente no querrás ejercer este derecho, ya que a pesar de poder ser tu propio defensor frente a una auditoría o ante la Corte Tributaria de Estados Unidos, esto podría ser algo riesgoso.
La única manera en que puedes considerar ser tu propio representante es sólo si te están auditando por algo bastante sencillo, confiando en tus conocimientos de impuestos, y únicamente si estás familiarizado con las actuales leyes de impuestos del IRS.
Debes considerar que las leyes de impuestos suelen ser muy complejas y algunos juicios pueden ser muy duros, principalmente para los asuntos que llegan a la Corte Tributaria de Estados Unidos.